El Decreto Flussi 2023 (Decreto del Primer Ministro de 29 de diciembre de 2022) es una medida del Gobierno italiano que regula la entrada de ciudadanos extracomunitarios en Italia por motivos de trabajo.
Este tipo de decreto establece cada año el cupo máximo de personas extracomunitarias que pueden entrar legalmente en el país por motivos de trabajo solicitando un nulla osta para trabajar a través de la Ventanilla Única para la Inmigración.
La condición necesaria para poder presentar la solicitud es tener una oferta de trabajo en Italia de un empleador residente en Italia dispuesto a contratar al trabajador extranjero.
Para el año 2023 se admiten 82.705 personas para entrar a trabajar, de las cuales unas 44.000 son para trabajos de temporada.
Las cuotas del Decreto de Flujos 2023 se distribuyen de la siguiente manera:
- 44.000 Trabajadores estacionales (es decir, aquellas actividades que se intensifican o deben realizarse únicamente durante determinados periodos del año): de los siguientes países: Albania, Argelia, Bangladesh, Bosnia-Herzegovina, Corea (República de Corea), Costa de Marfil, Egipto, El Salvador, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Japón, India, Kosovo, Mali, Marruecos, Mauricio, Moldavia, Montenegro, Níger, Nigeria, Pakistán, República de Macedonia del Norte, Senegal, Serbia, Sri Lanka, Sudán, Túnez y Ucrania, de los cuales
- 22.000 para trabajos agrícolas de temporada. Los empresarios pueden presentar las solicitudes a través de estas asociaciones: Cia, Coldiretti, Confagricoltura, Copagr, "Alleanza delle cooperative" (incluye la cooperativa Lega y Confcooperative).
- 1.500 EUR por trabajo estacional plurianual (con una sola autorización, el trabajador puede entrar en Italia para realizar un trabajo estacional durante un máximo de tres años).
- Trabajadores no estacionales y autónomos (es decir, para trabajos de duración superior a la estacional) en los sectores del transporte por carretera (por ejemplo, conducción de camiones), la construcción y el turismo (por ejemplo, camarero de hotel): 27.700, de los cuales
- 24.105 personas de Albania, Argelia, Bangladesh, Bosnia-Herzegovina, Corea (República de Corea), Costa de Marfil, Egipto, El Salvador, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, India, Japón, Kosovo, Mali, Marruecos, Mauricio, Moldavia, Montenegro, Níger, Nigeria, Pakistán, República de Macedonia del Norte, Senegal, Serbia, Sri Lanka, Sudán, Túnez y Ucrania.
- 6.000 personas de países no pertenecientes a la UE con los que Italia firmará acuerdos de cooperación en el año 2022.
- 1.000 personas que han completado programas de formación y educación en el extranjero aprobados por el Ministerio de Trabajo y Educación.
- 100 personas que proceden de Venezuela y tienen orígenes italianos al menos en parte de su familia.
- 500 personas para el autoempleo, como empresarios, autónomos, artistas famosos, creadores de start-ups.
- 7.000 personas que necesitan convertir un tipo de permiso en permiso de trabajo, de las cuales 4.400 personas con permiso de residencia por trabajo que deben convertirse en permiso de residencia por trabajo no estacional; 2. 000 personas con permiso de residencia por estudios, formación profesional o aprendizaje que deben convertirse en permiso de residencia por trabajo; 370 personas con permiso de residencia por estudios, formación profesional o aprendizaje que deben convertirse en permiso de residencia por trabajo autónomo; 200 personas con permiso de residencia de larga duración-CE expedido por otro Estado miembro de la UE que deben convertirse en permiso de residencia por trabajo; 30 personas con permiso de residencia de larga duración-CE expedido por otro Estado miembro de la UE que deben convertirse en permiso de residencia por trabajo autónomo.
Atención: este año el empresario sólo puede solicitar el nulla osta tras comprobar en el Centro de Empleo si hay trabajadores disponibles en Italia para realizar el trabajo para el que quiere solicitarlo. Si hay trabajadores disponibles, debe contratarlos y no puede solicitar el nulla osta para trabajadores residentes en otros países.
Esta comprobación previa de la no disponibilidad de trabajadores en el territorio nacional no es necesaria para:
trabajadores temporaneos;
los trabajadores formados en el extranjero con cursos financiados con fondos FAMI y para garantizar la continuidad de las relaciones de cooperación con terceros países. Para estos trabajadores existen cuotas de entrada reservadas (Art. 23 Decreto Legislativo de 25.07.1998 nº 286 - TU Inmigración).
Las solicitudes se pueden enviar desde el 27 de marzo de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, hasta que se agoten los cupos.
Algunos de los servicios ofrecidos por el Bufete Legal Giambrone & Partners a través de sus oficinas en Italia
1) apoyo al empleador en la preparación de la oferta de trabajo en Italia con el envío de la solicitud ANPAL. El nuevo procedimiento prevé, de hecho, en el art. 9 del decreto, en relación con el art. 22 párrafo 2 TUI, el requisito de "indisponibilidad previa de un trabajador presente en el territorio nacional";
2) comprobación de la validez y corrección de todos los documentos del empleador;
3) apoyo a la recepción de la elegibilidad de vivienda en la Oficina Local de Salud del municipio competente;
3) apoyo para la presentación telemática de la solicitud mediante la cumplimentación de los formularios disponibles en la sección correspondiente de la página web del Ministerio del Interior según el tipo de trabajo para el que se pretenda presentar la solicitud
4) mantenimiento del contacto con la Ventanilla Única de Inmigración y con la Jefatura de Policía competente hasta la finalización de la solicitud
5) posibles recordatorios en el Consulado del país de origen donde se exigirá el visado de entrada;
6) asesoramiento a profesionales, administradores de sociedades y titulares de oficinas de sociedades que pretendan transferir sus actividades por cuenta propia aprovechando las cuotas disponibles.
A quién nos dirigimos:
- Empresarios que se propongan realizar un plan de inversión de interés para la economía italiana, que implique la utilización de recursos propios por un importe no inferior a 500.000 euros y la creación de al menos tres nuevos puestos de trabajo
- los profesionales autónomos que pretendan ejercer profesiones reguladas o supervisadas, o profesiones que no estén ni reguladas ni supervisadas, o no reguladas pero representadas a nivel nacional por asociaciones inscritas en listas llevadas por las administraciones públicas y que expidan un certificado de calidad de los servicios y de cualificación profesional de los miembros.
- titulares de cargos corporativos de administración y control expresamente previstos por el Decreto Interministerial nº 850, de 11 de mayo de 2011
- artistas de clara notoriedad o alta y reconocida cualificación profesional, contratados por entidades públicas o privadas, en presencia de los requisitos expresamente previstos por el Decreto Interministerial nº 850 de 11 de mayo de 2011
ciudadanos extranjeros que pretendan crear empresas "start-up innovadoras" en virtud de la Ley nº 221 de 17 de diciembre de 2012, en presencia de los requisitos previstos por la misma ley y que mantengan una relación laboral de carácter autónomo con la empresa.
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