El ecosistema financiero en el que se mueven las criptomonedas y las nuevas tecnologías en las que se basan, constituye un terreno fértil para la proliferación de fenómenos de criminalidad, vinculados a la comisión de delitos facilitados por el uso ilícito y la escasa regulación de los aspectos estructurales del fenómeno en desarrollo.
Así, las ventajas que ofrecen el mercado de divisas y las criptodivisas se ven flanqueadas por los riesgos en los que puede incurrir el inversor minorista, poco familiarizado con el tema, al tratar con un sector cada vez más accesible gracias a los brokers y las plataformas de negociación.
En este sentido, es posible distinguir dos tipos de conductas de ciberdelincuencia relacionadas con el tema:
- Aquellos en los que las criptomonedas constituyen un elemento incidental de los delitos comunes cometidos en línea, como el fraude, la extorsión, la compra y venta de bienes o servicios ilegales, siendo, por tanto, la contrapartida de la actividad ilegal realizada;
- Aquellos en los que las criptomonedas no son simplemente una forma alternativa de obtener el producto del delito, sino el objeto material del mismo. Uno piensa en el robo de criptomonedas, el ciberblanqueo o la financiación de organizaciones criminales.
Aquí nos centraremos en el primer tipo y, en particular, en las estafas más extendidas.
De hecho, es la propia estructura del sistema de criptomonedas (el pseudoanonimato; la posibilidad de utilizar servicios de mezcla y transacciones rápidas e irreversibles a nivel transnacional; la escasa regulación) la que lo hace susceptible de ser explotado con fines ilícitos, a través de modalidades similares a las implementadas, en el ámbito del comercio online tradicional, por supuestos brokers que, sin autorizaciones legales, engañan a los inversores.
Dejando a un lado los intentos de phishing, los esquemas Ponzi y la propagación de ransomware, son frecuentes las estafas realizadas mediante el uso de instrumentos financieros. En concreto, estos siguen servilmente el mismo patrón común: uno es contactado por teléfono, correo electrónico, o a través de cualquier red social, por autodenominados brokers o promotores financieros que, patrocinando una plataforma de intercambio de criptomonedas, prometen grandes beneficios por un pequeño desembolso.
Una vez ganada la confianza del inversor, gracias a un aumento inicial del capital invertido, éste se verá incitado a invertir más y más. En este punto, se niega la recuperación de las sumas invertidas, ahora transferidas a un tercer monedero, y, al mismo tiempo, los intermediarios que ofrecían el supuesto servicio se vuelven ilocalizables, desapareciendo junto con el dinero.
Si bien la dinámica expuesta no es distinta a la de las estafas comerciales tradicionales, en el caso de las criptomonedas se plantea el problema de identificar al sujeto propietario del monedero en el que fluyen las sumas extorsionadas, mediante artificios y engaños, por los estafadores.
Sin embargo, por razones obvias, es necesario hacer un breve recorrido por la arquitectura del sector de las criptomonedas. Se basan en el uso del Blockchain, una especie del género DLT, 'Distributed Ledger Technology', una tecnología que permite el registro y almacenamiento de datos a través de múltiples archivos (ledgers), cada uno de los cuales contiene simultáneamente los mismos datos que son almacenados y controlados por una red de ordenadores (nodos). Es decir, un libro de contabilidad distribuido, descentralizado y, por lo general, inmutable, en el que todas las transacciones se registran agrupadas en una cadena de bloques enlazados en sucesión cronológica. En estos términos, las transacciones, garantizadas a través de un sistema criptográfico, fluyen hacia los monederos digitales, (los wallets), que son identificados a través de una cadena alfanumérica (el equivalente a un IBAN bancario).
Sin embargo, el pseudoanonimato de las transacciones no determina la imposibilidad de rastrear el flujo de dinero dentro del sistema.
Una solución a este problema podría consistir en recurrir, en el ámbito de los litigios, a técnicas de investigación caracterizadas por su contenido tecnológico y el uso de pruebas digitales. Se trata de una de las aplicaciones de la llamada ciencia forense digital, aquella que se ocupa del tratamiento de los datos digitales con el fin de identificar pruebas informáticas útiles para las actividades de investigación en cuestión.
En efecto, a través de su aplicación al mundo de las criptomonedas, se han abierto nuevas fronteras en cuanto a los medios de búsqueda de pruebas, con notables resultados obtenidos en las investigaciones con blockchain.
En particular, además de las operaciones de investigación realizadas sobre las direcciones IP, existen varias técnicas destinadas a la asociación de las transacciones de criptomonedas y a la identificación de los usuarios, entre ellas:
- Etiquetado y/o deanomización, entendidos como actividades de búsqueda que permiten rastrear la identidad de los propietarios de las direcciones de bitcoin, cada una de las cuales está asociada a una página web desde la que es posible identificar referencias de correo electrónico, apodo y seudónimo;
- El clustering, entendido como una actividad de búsqueda que permite identificar las direcciones que pueden ser rastreadas hasta un único sujeto, a través de la agrupación de todas las direcciones bitcoin que pueden ser rastreadas hasta ellas;
- El reconocimiento de la red mixta, entendido como una actividad de búsqueda que permite identificar posibles actividades de mezcla (operaciones destinadas a mezclar múltiples entradas de transacciones y dirigirlas hacia múltiples transacciones de salida, con el fin de dificultar la identificación de la dirección original del remitente y del destinatario).
A la luz de lo anterior, la instrumentalización de las criptomonedas para posibles aplicaciones delictivas, con referencia específica a los delitos patrimoniales y financieros, y la brecha creada entre la tecnología y la regulación legal aumenta, por un lado, la necesidad de una regulación homogénea de las criptomonedas -en la estela de las directivas europeas sobre blanqueo de capitales y financiación del terrorismo- para proteger el mercado y a los consumidores, y, por otro, la urgencia de que las autoridades de investigación se doten de las competencias y herramientas técnicas necesarias para poder llevar a cabo investigaciones eficaces.
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